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En 1782 el Comandante de Entre Ríos, Tomás de Rocamora, en ocasión de la
fundación de las poblaciones de Gualeguay, Gualeguaychú y Concepción del Uru-
guay, presentó al entonces Virrey del Río de la Plata, Juan José de Vértiz y Salcedo,
un plan económico para el “arreglo de los campos” en la región. Y, desmintiendo
las imágenes que más tarde construiría la historiografía ocial sobre el débil papel
de los terratenientes en el siglo XVIII, lo primero que señalaba preocupado sobre
la condición de dichos territorios era la presencia de unos pocos “ambiciosos que
quieren abarcar lo mejor de todos estos partidos”, impidiendo así “su población”.
Al fundarse las mencionadas poblaciones las autoridades coloniales habían
convocado a los habitantes dispersos en la región a concentrarse e instalarse en te-
rrenos realengos que luego, prometieron, les serían entregados como recompensa
por su poblamiento y puesta en producción para benecio de la corona.
Sin embargo, los mejores terrenos de esa zona, fueron inmediatamente de-
nunciados para su adquisición por “algunos sujetos de facultad en Buenos Aires”
(por ejemplo menciona a un comprador de más de 200.000 hectáreas), aún cuando,
como también señalara Rocamora, muchos de aquellos parajes estaban ya ocupa-
dos con “vecindario”, familias pobres, haciendo a su vez notar las “intimaciones”,
“expulsiones” y “tropelías” cometidas por los grandes compradores, “ignorantes
[aquellos] infelices … de los remates judiciales en la capital, y sin facultad para tras-
ladarse a ella ni pleitear … y así se hallan arrojados unos, comprimidos otros …
esperando … una general expulsión”.
El cabildo de Gualeguaychú también advertía, un par de años después, so-
bre la desesperante situación de las poblaciones allí establecidas, que “han experi-
mentado y ven que algunos poderosos ocupan y quieren los terrenos más aptos”,
mencionando entre otros el caso del gran terrateniente Don Teodoro Larramendi,
quien solicitó “se le ponga en posesión” de “terrenos” que conforman una extensa
supercie entre los ríos Paraná y Uruguay, “lanzando de ellos a los vecinos que se
hallen poblados”. Asimismo, concluían alertando los capitulares sobre la situación
de los campesinos allí poblados, que seguramente “cuando tengan algún adelanta-
miento, saldrá un poderoso lanzándolos de sus conveniencias, o constituyéndolos
sus tributarios”.
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“Se conmovió el Paraná. Latifundio colonial
y conictividad agraria; testimonios epocales
contra la historia ocial
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Pero particularmente interesante resulta la advertencia del comandante de la
región, quien informó al virrey Loreto que, de resultas de las situaciones descriptas,
de las mensuras y tomas de posesión de tierras a favor de grandes denunciantes, al
igual que en otras ocasiones en noviembre de 1784 “se conmovió el Paraná”, episo-
dio este último que según relataba “no tuvo trascendencia porque se sofocó luego
con las persuasiones del cura y esfuerzos del comandante”. El grado de conictivi-
dad en torno a la posesión y apropiación de estos terrenos llevó también a Rocamora
a alertar a la autoridad virreinal acerca de la inconveniencia de imponer su voluntad
de reunir “al vecindario” que conformaba “las milicias del partido” en el mismo
momento en que se ordenaba “repeler sus individuos” o que se los obligaba a “con-
tribuir” al gran propietario denunciante “por los territorios en los que sus padres se
establecieron” y donde conservaban “habitación y haciendas”.
Los documentos que aquí transcribimos, referidos a los episodios relatados,
constituyen valiosos testimonios que nos permiten reponen algunos de los rasgos
principales de la estructura socio-económica de la campaña colonial entrerriana y
la temprana expansión terrateniente: la apropiación latifundista del suelo sosteni-
da por el derecho colonial; la ocupación precaria de realengos, la desposesión y la
subordinación campesina; y un elevado grado de conictividad social en torno al
dominio la tierra. Lejos queda entonces aquella imagen de la moderna historia o-
cial que se consolidara a la luz de las ideas conservadoras dominantes durante los
años 90 de un territorio litoral que Halperín Donghi había denido como un espacio
de «zonas … abiertas a la colonización, libres de trabas económicas y humanas…
una suerte de far west… de alocada y tormentosa prosperidad…», que describía la
moderna historiografía como una campaña con una “oferta ilimitada de tierras”, de
fácil apropiación dada su “relativa abundancia”, y que éstas habrían sido “gratis o
muy baratas”, razón por la cual resultó una historia que se fue desplegando “sin
conictos” en torno a la apropiación y uso del suelo.
Valen entonces estos testimonios del pasado de un territorio en el cual sabe-
mos que, aunque en otras condiciones, el peso del latifundio, los conictos por la
tierra, los despojos y la prepotencia terrateniente, siguen siendo rasgos distintivos
de la actual Cuestión Agraria.
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Notas intercambiadas entre el Comandante Tomás de Rocamora, los
cabildos de Gualeguay y Gualeguaychú, y los virreyes Vértiz y Loreto,
con motivo de la fundación de pueblos en Entre Ríos y los conictos
que se suscitaron por la oposición de los grandes denunciantes
latifundistas (1782-1785).
1
Tomás Rocamora al virrey Juan José Vértiz (11, agosto, 1782)
Exmo. Señor Don Juan Joseph de Vértiz.
Si las ocurrencias que en el día agravan la sublime comprensión de V.E. dejan
lugar que mire estos partidos abandonados hasta ahora, pienso que entre aquellas
desazones tendrá V.E. la satisfacción de dar al Rey, a ninguna costa, la mejor pro-
vincia. provincia no interior y remota, a las puertas de la capital, con comunicación
libre a esa plaza y a lo general del dominio, y por tanto más útil y apreciable su
populación y su fomento.
No trato Sr. Exmo. de causar gastos, que ya signiqué, pero tampoco lisonjeo
la atención de V.E. ofreciendo ingresos que, aunque nunca verique, siempre pro-
mete la polilla de los arbitristas para que se admitan sus proyectos.
A dar vasallos, principal riqueza del monarca, y darles con que se alimenten,
se reduce mi pensamiento; en concepto muy conciso, en ejecución será más tardo:
reunir a un mando esta gran rinconada ancha como de sesenta leguas que forman de
este a oeste el Uruguay y el Paraná Grande, y que corta por el sur el Paraná Chico;
y contener y reducir a lo que justamente necesiten a cuatro ambiciosos que quieren
abarcar lo mejor de todos estos partidos, y así impiden su población. Son los dos
únicos puntos de aquel secreto y de mi giro.
El mando de juez particular en cada uno de estos partidos pudo tolerarse
en los principios de su población, pero con el aumento del día y el que prometen,
es perjudicial. Para ejercer en aquellos términos la perpetua jurisdicción es preciso
que sea de los domiciliados que tienen más acomodo en ella, y es constante que en
ninguna parte se ve más suelto el espíritu de la desunión y de la envidia que en tales
poblaciones cortas, donde presentes cada instante las medras del vecino, si el alcalde
es de los que dije, mira con repugnancia que le igualen o excedan; y si es de cortas
facultades es un triste monacillo de los hacendados. En resumen: si es rico agravia
la justicia y si es pobre, cuando menos la desaira. El mando que se dice reunido de
todos estos partidos supone en cada uno de ellos mano extraña, y tal mano ni da
celos, ni ocasiona desazón al vecino, porque la cree sin otro que el interés común.
Todos estos partidos, con excepción del Paraná, son poblados de casi un mis-
mo tiempo, modernos todos, unos sus intereses, y como iguales sus producciones y
subsistencias, necesitan un propio régimen para su fomento y sólo pueden recibirle
uniforme de una propia mano.
1 AGN IX-35-1-5. Publicados también en Eduardo Azcuy Ameghino. El latifundio y la gran propiedad
colonial rioplatense. García Cambeiro, Buenos Aires, 1995.
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Finalmente la facilidad extraordinaria que arriba insinué dan a estos partidos
sus arroyos y ríos navegables para comunicarse con Misiones, Paraguay, Santa Fe,
Arroyos, Conchas, Buenos Aires, Santo Domingo, Montevideo, etc., les llena tam-
bién, entre alguna gente de bien, de vagos y malhechores que huyendo la persecu-
ción de aquellas justicias, o la fatiga de las fronteras, se acogen aquí: o para hacer
una vida holgazana en los campos o para proporcionarse asilo en las faenas de los
montes y en mil rincones escondidos.
Nada atrasa más la población que una y otra canalla. Es necesario perseguirla
siempre para extinguirla, y que no renazca. ¿Pero qué sucede? Cargándolos en Gua-
leguay, se acogen a sus colaterales el Paraná y Gualeguaychú, y de aquí, si saltan
chispas, al Arroyo de la China. Es muy preciso que se deposite el mando en mano
que con igual fuerza los siga entre estos ríos.
Toda la dicultad estriba Sr. Exmo. en encontrar aquella mano activa y juicio-
sa, ella es la base de este pensamiento. Se trata de crearle al Rey una provincia útil.
Ni genios fuertes, ni remisos acomodan: iguales en su extremo, inacción y tropelía,
destruyen, no edican. Por lo que tengo visto en algunos de estos partidos y por lo
que he oído de los otros, están bien y apetecen el mando de los pagados, que así lla-
man la tropa veterana, y siguiendo su modo de pensar, muy a favor del mío, quisiera
yo, pues la extensión señalada del terreno lo merece, que se pusiera al cuidado de un
ocial de alguna graduación, en que se suponga madurez y experiencia y en estado
de buen servicio. Me parece que entre los casados podría hallarse alguno que, o
celoso del bautismo o poseído de motivos secretos, preriera esto al simple servicio
de una guarnición, pero es necesario que se le instruya que no viene a descansar. Si
llena su comisión ha de estar en continuo movimiento, a lo menos hasta establecer
orden y policía, que aquí no se conocen. Que viene a carecer, hasta que los propor-
cione, de todos los auxilios para la vida racional. Que sólo hallará tierra y agua en
abundancia, con algunas gentes dispersas por los campos, siempre con la incivil
mira de no arrimarse unos a otros. Que ha de ser jefe para reunirlos; labrador, artista
y facultativo general para persuadir, estimular y obligar a que siembren, ediquen
y trabajen. Pero habiendo disposición y sujeto, no serán difíciles ni infructuosas sus
impresiones, y a proporción que se le adviertan los progresos le resultará un mérito
particular y recompensa consiguiente. Sería también preciso que para sostenerlo y
hacerle respetable se le diesen doce hombres, que además facilitarían alguna instruc-
ción a estas milicias; podrían ser si los hay de buen servicio a caballo, de la clase de
inválidos y sino de los casados útiles de los regimientos a quienes se les destinaría
en aquella clase, y aquí entrarían al repartimiento de la tierra, para que se ayudasen.
Evacué el primer punto. Sería mucho dilatarme ingerir los detalles económicos de
populación: todo se debe conar de la prudencia y solidez del encargado.
No sé si mi proposición o punto consiguiente se hallará de acuerdo con los
celosos ministros de la hacienda del Rey, pero su juicioso pensar a favor del mismo
amo y bien común nos hará convenir.
Establecidos en estos partidos algunos sujetos de facultad en Buenos Aires,
y pública en la capital la venta de terrenos realengos, se propusieron denunciar los
que más les acomodaron con el conocimiento que tengo, y así lo efectuaron. Nombró
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el tribunal el correspondiente piloto, juez, tasadores, todos del país, a ruego de las
partes, y procedieron a medición, evaluación y algunos a la compra. Como la denun-
cia y consiguiente cayó sobre rinconadas, que son porciones de tierra comprendidas
entre arroyos fuertes y ríos, las más propias para contener ganados mansos y ase-
gurarles las aguadas; y tales parajes, por la misma comodidad, estaban ya ocupados
con vecindario, aunque no reunido formal, pero pobre por ser familias que la estre-
chez del Paraná y otros destinos colocó en éstos. Hubo intimaciones, hubo expul-
siones y algunas tropelías. Ignorantes estos infelices del privilegio de avecindados
y poseedores; ignorantes de los remates judiciales en la capital; y sin facultad para
trasladarse a ella ni pleitear, si expusieron su razón fue tan remisamente que nunca
llegó a la alta justicación de V.E.
Y así se hallan arrojados unos, comprimidos otros, y todos, aún los que dije
ya arrojados, esperando segunda vez, por distintos sujetos, una general expulsión.
Sólo uno de estos tenía, y pienso que aún conserva avocados 60.000 postes de
la otra parte del Gualeguay para amojonar por el Arrecife desde aquel río hasta el
Cle, que es decir toda la población más útil de este partido.
Pienso, y creo no me engaño, que si V.E. se digna mandar que se registre no
llegarán a 10.000 pesos la entrada que ha tenido el Rey por la venta de todas estas
tierras, que estorba la populación de toda una provincia. Prácticamente (sea sin tras-
cendencias Sr. Exmo.) se que Wright compró, con los requisitos que dicen de ley,
cuatro leguas y media de terreno con un fondo de 18 hasta la orilla del Yancay, a
razón de 25 pesos por legua; bajo precio porque dicen, y es así, que se comprende
bastante bañado, pero cualquier bañado que haya (separándome de que en verano
son los parajes más acomodados porque son seguros los pastos) sobre una supercie
de 81 leguas, ¿cuántos pobres vecinos podrán acomodarse? No es un justo equiva-
lente 112 pesos y medio que dicen se pagaron al Rey.
Conténgase, Exmo. Sr., los desmedidos deseos de algunos pocos; redúzcanse
a lo que necesiten más que sea con abundancia, pero cercéneseles o no se les permita
que adquieran muy superuo, para que encuentre acomodo el pobre vecino que con
el producto de la tierra que le sobra a ellos puede mantener una familia numerosa
y útil al estado.
Qué le son al erario, repito, 10 ni 20 mil pesos en cotejo de una provincia.
Asegúrese en quietud a estos vecindarios. Repártanse graciosamente los realengos
con orden proporcionado a población que espera aumento, esto es, que se dé y que
quede. Permítase a los comunes, si el mismo aumento lo necesitare, que tomen a
importe y mejoras del particular que lícitamente le compró el superuo que posee
con inutilidad. Habrá tres o cuatro que en el último caso pleiteen contra este arreglo
económico; pero fuera pleitos valga la razón y asegúrese V.E. que ejecutado como
planteo, antes de muchos años será la de Entre Ríos, de que trato lo que dije, la mejor
provincia de esta América.
N. S. guarde a V.E. muchos años. Gualeguaychú Grande, 11 de agosto de
1782. Tomás de Rocamora.
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El cabildo de Gualeguaychú a Tomás Rocamora (5, agosto, 1785)
Señor Comandante de Entre Ríos.
El Cabildo, Justicia y Regimiento de la Villa de San Josef de Gualeguaychú
hace presente a Ud. que Don Juan de los Santos, capitán de milicias de ella, ha soli-
citado verbalmente nuestra venia para hacer entrega a Don Juan Carlos Wright de
ganados y cesión del dominio adquirido del terreno lugar de estancia que posee
a distancia de una legua (con muy corta diferencia) de esta nominada Villa. Pero
atendiendo, lo primero, a que el referido terreno es realengo como los demás de este
partido; y lo segundo, al conocido perjuicio que indispensablemente se seguiría a
sus vecinos con esta cesión, ha tenido por conveniente este cabildo oponerse a ella,
interín que Ud. se instruye si son o no justos los motivos que para ello le asiste.
Siempre que Wright entre en posesión del propuesto terreno es consiguiente
que le aumente crecido número de ganado según sus facultades, con cuyo motivo
se mezclarán los pocos de cada vecino lindero, y aún los de los más distantes (cuya
prueba tenemos a la vista con los de la costa del Uruguay hasta Yancay). Les dará
grande trabajo, y aún imposibilitará su separación, porque es constante que el ma-
yor número arrastra al menor, y en vista de esto se verán estos vecinos constreñi-
dos a venderlos al mismo Wright, quedándose exhaustos de medios para su natural
subsistencia, y aún precisados a comprar a éste la carne que diariamente hayan de
comer. Y lo que es más: nunca tendrá aumento esta población, cediendo en perjuicio
del común y de las piadosas intenciones del gobierno superior y de Ud. que tanto se
ha esmerado en su erección y alivio como es notorio.
Además de esto, debe tener presente este cabildo que dicho Wright intentó
por el año de 1783 igual pretensión con la estancia de Doña Josepha de Acosta, que
dista de esta mencionada Villa seis leguas, para cuyo efecto alcanzó dicha Acosta del
juzgado de tierras comisión para hacer la información de realengo, a la que se opuso
Ud. con concepto al gravamen que se seguía, y previendo al mismo tiempo que, de
conseguir Wright dicha solicitud, quedarían estos vecinos expuestos a las mismas
consecuencias arriba citadas. Ultimamente, por julio del año próximo pasado, con-
siguió dicha Doña Josepha del Sr. Gobernador Intendente segundo despacho para
la referida información, la que se hizo con citación de este cabildo y expuso a S.Sª.
no sólo estos inconvenientes, sino el de quedar casi encerrados estos vecinos con sus
ganaditos y cortarles la salida a los campos de afuera a buscar los pastos y aguadas
que en algunas estaciones del año no les prometen sus respectivos terrenos.
Estos motivos ha conceptuado este cabildo legales para impedir la cesión del
referido terreno, y más principalmente, el de que por tan inmediato a la Villa no
debe destinarse para estancia sino para chacra, que según Ud. nos insinuó deben
seguir inmediatamente después del primer exterior destinado a las animalías del
servicio diario común.
Aún anima más a este cabildo para hacer esta oposición el ver que cuando
Ud. dio principio a la erección de esta Villa prometió, por comisión y en nombre
del superior gobierno, dar a estos vecinos sitios en ella para sus correspondientes
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casas, suertes de chacras y de estancias, con equitativa proporción en remuneración
del mérito contraído por nuevos pobladores y por el desmonte hecho a su costa y
mención, en cuya virtud si ven que Wright entra en uno y otro terreno, que ambos
son de los pocos útiles que hay en este partido, con justa razón se exasperarán, aban-
donarán sus casas y tirarán por los montes a buscar sus comodidades de terrenos, en
perjuicio espiritual suyo y temporal del común.
Asimismo se está experimentando que estos vecinos, bien sea porque no se les
cumple la promesa de terrenos referida, o porque ven las tentativas y solicitudes de
los que ambicionan estos terrenos, que juzgaron deberían repartírseles, no se aplican
a levantar sus casas, ni ponen el mayor esmero a la cría de ganados, y mucho menos
a las sementeras, como se ha visto por la del año próximo pasado que no fue su-
ciente para el abasto del pueblo; y la del presente se conceptúa aún más escasa, lo
que no sucedería si tuvieran seguridad de la propiedad de terrenos. Por tanto, y para
que pueda aumentarse esta población y obviar otras ocasiones que puedan ofrecerse
semejantes a la de Doña Josefa de Acosta y Don Juan de los Santos, suplica a Ud.
este cabildo en nombre de todo este pobre vecindario, se digne propender todo lo
posible al alivio de ellos, con la impetración de los medios y auxilios que les tiene
ofrecido, que así lo esperan de la benevolencia de Ud. y de su celo al bien común, en
que se ha visto interesado desde el principio de su comisión.
Nuestro Sr. prospere la importante vida de Ud. por muchos años. Villa de San
Josef de Gualeguaychú, agosto 5 de 1785. Firman: Juan Esteban Díaz, Agustín
José de León, Eusebio Galiano, Salvador González.
El cabildo de Gualeguay a Tomás Rocamora (23, septiembre, 1785)
Sr. Comandante.
Anhelando este cabildo por la comodidad, alivio y bien común de estos veci-
nos como principal objeto que debe tener presente en cumplimiento de su ministe-
rio, se le hace forzoso recordar la atención de Ud. haciéndole presente la indigencia
en que se hallan constituídas estas gentes. Al mismo tiempo el relevante mérito sin
remuneración, y por consiguiente la desconanza que les asiste de la consecución
de medios y alivios ofrecidos para sus adelantamientos y aumento de esta nueva
población.
Cuando Ud. por comisión y en nombre del gobierno superior dió principio
por el año 83, en el mes de Enero, a la planticación de esta Villa, ofreció repartir
a cada vecino respectivos terrenos para casas, chacras y estancias, con cuya satis-
facción trabajó este vecindario, ocupándose las mujeres en el reparo de su casa y
bienes, y todo varón en el desmonte espesísimo y limpieza del terreno que se halló
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más acomodado para su población, esto no por muy pocos días sino por cerca de dos
meses con más de 100 yuntas de bueyes; obra grande, y que hubiera costado muchos
miles al real erario si a sus expensas se hubiera vericado. Muy bien consta todo a
la rectitud de Ud. que por tan público y notorio no se lo patentiza este cabildo con
más individualidad.
Luego que se concluyó este excesivo trabajo, pasó Ud. a señalar sólo sitios
para casas a cada individuo en la planta de esta Villa, en la que edicaron unas pro-
visionales interín lograban lo demás del ofrecimiento.
Bien quisiera este cabildo eximirse de manifestar a Ud. lo propio que está
viendo, y decirle lo que no se oculta a su conocida penetración, pero el mismo ca-
bildo lo halla preciso porque las superioridades y sus convecinos no les culpen y
carguen con un silencio continuado por cerca de tres años.
No sólo no se han mejorado las casas provisionales de la Villa, sino que mu-
chas de ellas, desiertas, están cayéndose en el día. En los ganados, siendo los terre-
nos de este partido los mejores para criaderos, no se ve aquel aumento que debía
producir la reserva del hembraje que se ha observado desde los principios por orden
continuada de Ud.
La sementera en el año pasado fue tan corta que apenas rindió 100 fanegas de
trigo, causa por que se ha experimentado no hallarse un pan en quince días segui-
dos, y continuará la misma necesidad luego que se consuma el poco trigo que acudió
de Buenos Aires y de los Arroyos; y la del presente año aunque es más crecida gra-
cias al celo y persuasión con que Ud. animó a unos y ofreció a otros que les traería
trigo con calidad de reintegro a su tiempo. Con todo, ella alcanzará para el preciso
consumo pero no para las utilidades de la saca que podía prometerse grande de la
fertilidad del territorio.
Sobre ser naturalmente dejados estos vecinos, aquean más cada día. Han
experimentado y ven que algunos poderosos ocupan y quieren los terrenos más
aptos que pueblan con crecido número de ganado en perjuicio del suyo corto. Don
Francisco Ormaechea posee las Guachas, la casa de Wright conserva pretensiones en
todo lo útil inmediato de esta Villa, no obstante que uno y otro tienen dilatadas po-
sesiones de la otra parte de este río. Don Lorenzo Javalera trajo pocos meses hace un
piloto con providencia para medir todo lo bajo de este partido en perjuicio general,
porque es el paraje más frecuentado de los animales del común por la permanencia
de las aguadas, y se dice que vuelve ahora de nuevo con providencia para el mismo
n. Ultimamente se ha hecho pública por todos estos partidos cierta providencia
ganada por Don Teodoro Larramendi, vecino de Santa Fe, en el juzgado de tierras, a
n de que se le ponga en posesión de los terrenos comprendidos desde el río Paraná
hasta el nombrado Uruguay (que ese le han adjudicado por gracia) lanzando de ellos
a los vecinos que se hallen poblados, o pagándole el arrendamiento de los terrenos
en que tienen sus ganados los más vecinos de esta Villa.
Con estos miedos y recelos que justamente fundan estos vecinos, viendo que
no se les da lo ofrecido, no es extraño que no se apliquen al trabajo, porque contem-
plan que al mejor tiempo y cuando tengan algún adelantamiento saldrá un poderoso
lanzándolos de sus conveniencias, o constituyéndolos sus tributarios.
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Ud. mejor que este cuerpo reexionará estas consecuencias, las que en nuestro
concepto le estimulan a no aigirlos para la erección de nuevas casas, para lo cual y
para remedio de todo suplica encarecidamente a la benignidad de Ud. este cabildo
en nombre de este pobre vecindario que pues le ha manifestado incesantemente su
natural propensión a favorecerle desde que dio principio a su arreglo y erección de
población (a cuyo favor le vive y vivirá sin lisonja muy grato) se digne llevar ade-
lante esta tan cristiana y desinteresada propensión, no desdeñándose en implorar
donde debe y puede por la impetración de terrenos graciosos para estos vecinos
en atención al mérito arriba citado, y para evitar los perjuicios que de lo contrario
prevee este cabildo inferirse a ambas Majestades con la ruina espiritual y temporal
de los que se derrotarán por los montes buscando la comodidad libre que gozaban
antes.
Gualeguay, setiembre 23 de 1785. Firman: Vicente Navarro, Domingo Ruiz,
Pedro Duarte, Balerio Barrios.
Tomás Rocamora al virrey Marqués de Loreto (16, octubre, 1785)
Exmo. Sr.
Por modo que verá V.E. inexcusable me ha puesto esta Villa en precisión de
pasar a V.E. la adjunta súplica como lo hice anteriormente con las de las otras dos
Villas a que se reere. No son infundados sus temores, ni la confusión en que yo me
hallo para acertar con mi procedimiento.
Ha llegado el caso, y luego se ha hecho público, de haberse presentado al
comandante de milicias del Paraná un apoderado de Don Teodoro Larramendi, pi-
diendo posesión de las tierras desde el arroyo de la Ensenada hasta el de las Con-
chas, frente al Paraná; y desde el paso de Carvallo hasta el arroyo de Vera, sobre el
Uruguay, con el intermedio de estos puntos que antes traté a la superior compren-
sión de V.E., y la exclusión ejecutiva de todos los que se hallan establecidos en el
mismo intermedio y no se acomoden con Larramendi, según providencia del Señor
Gobernador fechada en octubre del año pasado que le ampara y de que presentó
copia con la de la mensura, que todo me pasó aquel comandante en 22 del mes
antecedente exponiendo la irresolución en que quedaba. En contesto le previne, de-
volviéndole los documentos, que no obstante que dicha providencia habilita para
la ejecución a cualquier juez que se le presente, siéndolo él sólo por delegación mía,
no debe decretar otra cosa, cualesquiera protestas que se le hagan, que el que pase
a mi conocimiento. El n es únicamente ganar tiempo para que me mande V.E., ya
enterado de que en tres ocasiones que se intentó la misma posesión se conmovió el
Paraná, que la última, sólo imaginada, que fue en noviembre del año antecedente, no
tuvo trascendencia porque se sofocó luego con las persuasiones del cura y esfuerzos
del comandante Ormaechea, que aseguraron por vanos los recelos que la inducían
de la presencia del mismo Larramendi. Y que si entonces fue sólo el Paraná, ahora
interesados los demás partidos se mira como causa común, aunque no con igual
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razón porque no a todos perjudica con igualdad.
Al sur del arroyo de la Ensenada, que deja fuera la línea del prevenido Larra-
mendi, se posesiona con poca hacienda y mucha extensión la viuda de Barrenechea,
que pretende desalojar una porción de vecinos que se hallan establecidos hacia las
puntas del mismo arroyo; así como lo efectuó, no ha muchos años, con varios que
se vinieron a poblar y avecindar en este partido. Carlos Muñoz, sargento de aque-
lla compañía de milicias, a quien en derechura se dirigió por primero, y mandó el
comandante respectivo que en término de un mes desocupase su situación, se me
presentó por sí y a nombre de los demás exponiendo el perjuicio que se sigue de esta
expulsión, que con efecto mando suspender, así por razón del corto tiempo que se
les asigna para buscar acomodo a su hacienda, como por razón de la sementera he-
cha y más particularmente para que en el entretanto justique la viuda la propiedad
de lo que los expulsados dicen realengo.
Sobre el mismo tiempo me hace presente el referido comandante de milicias,
Don Juan Broin, que se da por muy corriente que el teniente de gobernador de Santa
Fe pasa con Don Agustín Rameri, ayudante de la compañía de blandengues, a re-
vistar y ejercitar las milicias del Paraná, y me pregunta si las deberá franquear para
este n. Le contesto que por ningún motivo, porque aquella función corresponde al
mando territorial, de que aún no estoy separado, y que cuando tengan aquella gente
en Santa Fe o en su frontera, podrán revistar y ejercitarlas. Este es un motivo que
pretexto; pero el real es que no hallo por conveniente que se junten las milicias en
esta ocasión.
V.E. determinará si debe fundarse un prudencial recelo de reunir el vecinda-
rio, bastante numeroso, que forma las milicias del partido, en el mismo caso que se
manda o expeler sus individuos, o que se sujeten a contribuir a Larramendi por los
territorios en que sus padres se establecieron y ellos conservan habitación y hacien-
das; y sobre esto y sobre todo se dignará V.E. resolver para mi acierto.
En inteligencia Sr. Exmo. que para todo acontecimiento me hallo con seis
hombres y un cabo de infantería inútiles, excepto uno, para el uso del caballo y del
campo, y sin esperanza que mejoren porque ya son duros.
Gualeguay, octubre 16 de 1785. Thomás de Rocamora.